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Agricultores, ganaderos y cooperativas cobrarán por ley en 30 días

 
 

ASAJA, COAG, UPA y Cooperativas Agro-alimentarias se felicitan por la aprobación definitiva de la reforma de la Ley de Morosidad

De forma unánime, el Pleno del Congreso ha dado hoy luz verde a una reforma que contempla unos plazos de pago máximos obligatorios de 30 días para los productos frescos y perecederos y de 60 para los no perecederos.

Hasta el momento, los plazos de pago en España duplicaban los de Francia y Alemania y triplicaban los de Dinamarca o Suecia, un serio lastre para la competitividad y liquidez de nuestras explotaciones agrarias y cooperativas.

El sector insta a las Comunidades Autónomas a que garanticen el control y aplicación efectiva de la nueva normativa.

El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado hoy por unanimidad la reforma de la Ley de Morosidad que recoge prácticamente todas las propuestas que durante 3 meses ASAJA, COAG, UPA y Cooperativas Agro-alimentarias han ido presentando y defendiendo ante los distintos grupos parlamentarios.

Finalmente se ha eliminado la cláusula “salvo pacto entre las partes” solicitada por el sector para lograr una reforma estructural del tejido productivo y defender los intereses de las PYMES y de los autónomos. Durante el proceso de negociación ha quedado claro el desequilibrio existente en las relaciones comerciales entre empresas de algunos sectores, como el agroalimentario.

Con la nueva Ley, el plazo de pago para los productos frescos será de 30 días y de aplicación inmediata. Sin embargo, para el resto de productos se ha acordado un calendario progresivo de aplicación, hasta el punto de no retorno de 2013.

En España los plazos de pago real, que alcanzan los 101 días en operaciones comerciales entre empresas privadas y los 154 días en las relaciones comerciales con la Administración, duplican los plazos de pago de países como Alemania, Gran Bretaña y Francia y triplica y cuadriplica con respecto a países como Dinamarca o Suecia, lo que repercute muy negativamente en nuestra competitividad.

Además, fruto del trabajo de la unidad de acción de ASAJA, COAG, UPA y Cooperativas Agro-alimentarias, se ha modificado el cómputo del plazo de pago, que a partir de ahora será desde  la entrega de la mercancía y no desde la emisión de la factura. A ello se suma la obligatoriedad de documentar la operación de entrega y recepción.

Otra de las modificaciones más llamativas de la reforma de la Ley 3/2004 de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales es la obligación de estipular en las cuentas anuales el plazo medio de pago a los proveedores. Esta imposición supondrá que cualquiera podrá saber fácilmente si la empresa con la que va a contratar cumple los plazos de pago que estipula la ley o si, por el contrario, es morosa.

Lo único que no se ha llevado adelante es el establecimiento de un régimen sancionador para toda la cadena agroalimentaria. En la reforma aprobada se restablece el régimen sancionador de la Ley de Comercio Minorista, pero, a juicio del sector, para lograr una eficacia total de la Ley, se debería extender al resto de eslabones. El Congreso ha dejado la puerta abierta a un desarrollo de ese régimen sancionador en la Ley de Economía Sostenible.

En este sentido, ASAJA, COAG, UPA  y Cooperativas Agro-alimentarias instan a las Comunidades Autónomas a hacer un esfuerzo adicional para garantizar el control y la aplicación efectiva de la nueva normativa.

 
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