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Conceden a un jumillano la incapacidad permanente por una insuficiencia aórtica
Según la resolución, “padecer una insuficiencia aórtica es causa que invalida para todo trabajo”
Redacción
El TSJ condena al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a reconocerle a un jumillano la incapacidad y, en consecuencia, al abono de la pensión correspondiente, que ascendía al cien por cien de la base reguladora.
Padecer una insuficiencia aórtica es causa que invalida para todo trabajo, según la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM), que ha desestimado el recurso que presentó el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que un Juzgado de lo Social de Murcia declaró probado que el demandante, vecino de Jumilla, reclamó la invalidez absoluta por presentar insuficiencia aórtica sever y aneurisma de aorta ascendente, junto con una disfunción sistólica.
El juez estimó la demanda, y condenó al INSS a reconocerle esa situación y, en consecuencia, al abono de la pensión correspondiente, que ascendía al cien por cien de la base reguladora.
Disconforme con la resolución, el Instituto apeló la sentencia ante la Sala de lo Social del TSJRM, que ha desestimado el recurso.
Indica este tribunal que está justificada la declaración de invalidez absoluta por el riesgo que corre el demandante ante cualquier tipo de trabajo.
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